La OEA expresó su preocupación por lo que pasó con mujeres radicales

 

El organismo internacional hizo un llamado de atención por la violencia política por razones de género.

A través de un comunicado, el Comité de Expertas (CEVI) del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), emitió su preocupación “por la violencia en el ámbito político que habría sufrido un grupo de mujeres militantes” de la UCR catamarqueña. Se trata de las siete correligionarias que cuestionaron la candidatura de Roberto Gómez (denunciado por presunto abuso sexual) como presidente del Comité capitalino partidaria.

El organismo internacional rescata que “entre otras formas de hostigamiento”, el grupo de las siete mujeres radicales que “interpusieron la acusación fueron denunciadas ante el Juzgado de Conducta del partido por haber difamado y lesionado el honor del candidato denunciado por violación, quien posteriormente fue imputado por ese hecho por la Justicia provincial”.

Además, recuerdan que el Tribunal de Conducta de la UCR, emitió una resolución sancionando al grupo de mujeres radicales  con cinco meses de suspensión de sus cargos, resolución que es de carácter inapelable. “El Tribunal de Conducta fundamentó su decisión, entre otros, en que se estaba violando el principio de inocencia, así como en que se trataba de un abuso del derecho a la libertad de expresión, porque lo afirmado por las denunciantes ‘no reviste el carácter de meras opiniones o juicios de valor, sino que se trataron afirmaciones injuriantes e insultantes ajenas a la actividad política o partidaria del afiliado, resultando en una intromisión arbitraria de su vida privada’”, recapitularon desde la OEA.

También rememoran que la Justicia Federal revocó la sanción del Tribunal de Conducta por vicios en el procedimiento. En este marco, el Comité de Expertas celebró “la revocación de la decisión mencionada al mismo tiempo que recuerda que el derecho de todas las mujeres a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado, es un principio establecido en la Convención de Belém do Pará”.

Además, remarcan que la Ley Modelo Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Vida Política en su artículo tercero define la violencia contra las mujeres en la vida política como “cualquier acción, conducta u omisión, realizada de forma directa o a través de terceros que, basada en su género, cause daño o sufrimiento a una o a varias mujeres y que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos políticos”.

En esta línea, señalan que  el artículo sexto del mismo instrumento da cuenta que “una de las manifestaciones de dicha violencia es que se lleven a cabo acciones que ‘amenacen, asusten o intimiden en cualquier forma a una o varias mujeres y/o a sus familias y que tengan por objeto o resultado anular sus derechos políticos, incluyendo la renuncia al cargo o función que ejercen o postulan’”.

“El Comité hace notar que la sanción impuesta a las denunciantes, aunque ya revocada, fue excesiva porque tiene como resultado menoscabar los derechos políticos de las víctimas, decisión que sólo puede tomarse, de acuerdo con los estándares interamericanos, bajo la aplicación de una prueba estricta de proporcionalidad en la que debe definirse si la sanción es realmente necesaria y proporcional en una sociedad democrática”, subrayaron desde la OEA.

Además, el CEVI consideró que el Tribunal de Conducta no debió sancionar a las mujeres por interponer una denuncia por un hecho relevante y público “porque es parte del ejercicio de sus derechos y genera un efecto amedrentador para ellas y para el resto de las y los militantes del partido respecto a la decisión de continuar interponiendo denuncias cuando sucedan hechos que así lo ameriten”.

Así las cosas, resaltan que una denuncia por un caso de violencia sexual “no forma parte de la vida privada de una persona pública -y más aún cuando ha decidido ser una persona pública por decisión propia- pues, de acuerdo con los estándares interamericanos en materia de libertad de expresión, es del más alto interés público conocer si los posibles candidatos que, en su caso, van a representar a los intereses de la ciudadanía, han sido acusados por la comisión de delitos”.

Finalmente, el Comité de la OEA solicitó al Estado nacional que “continúen generando las acciones necesarias para seguir evitando la discriminación y la violencia por razones de género dentro de los partidos políticos”.

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