Es oficial la devolución del IVA en productos de la Canasta Básica: desde cuándo rige

El Gobierno publicó este sábado en el Boletín Oficial dos resoluciones que ponen en vigencia la medida anunciada por Sergio Massa

El Gobierno formalizó este sábado la modalidad y el universo de beneficiarios del nuevo programa de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la canasta básica “Compre sin IVA”, que regirá para las operaciones que se realicen desde el próximo lunes.

Lo hizo a través de la Resolución 1373/2023 del Ministerio de Economía y la Resolución General 5418/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicadas en el Boletín Oficial.

 

La resolución del ministerio de Economía sobre la devolución de IVA

 

 

La medida, que devolverá el 21% del IVA de los productos de la canasta básica, tendrá un tope de devolución de $ 18.800; y abarcará a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, y quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un máximo de seis haberes mínimos.

De esta forma, el tope de ingresos para acceder al beneficio en el caso de los trabajadores será de $708.000 y de $ 524.758,56 para los jubilados.

También podrán acceder a la devolución del IVA el personal de casas particulares encuadradas en el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías, y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo.

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