La Biblioteca Obispo Esquiú reformará su Estatuto

 
La Biblioteca Popular Obispo Esquiú de la ciudad de Belén, está convocando a Asamblea Extraordinaria,para el 10 de Octubre de 2014,  con motivos de realizar   modificaciones en el Estatuto de  la Institución.
BELENINFO hablo con el  Tesorero de la Biblioteca el Sr. Rolando Criado, quien nos  explicaba: “Nosotros convocamos a los socios  a una Asamblea Extraordinaria, para reformar nuestro estatuto para el día  10  de octubre  a las 20 hs. La reforma del estatuto  la hacemos a pedido del Órgano que rige a todas las bibliotecas del país que es la CONABIP,  y nos pide una reforma porque  en nuestro Art 22 de nuestro estatuto donde versa que en caso de disolución de nuestra Biblioteca todos los bienes a donde pasarán y nuestro estatuto dice que  los bienes pasarán a la Escuela N° 6 Fray Mamerto Esquiú,   esto la CONABIP no acepta , por disposiciones nuevas donde estipulan que  los bienes de  una  biblioteca tienen que pasar a  otra   biblioteca que sea popular  , que sea una  biblioteca protegida y que sean exentas del AFIP, por eso es que nos vemos en la obligación de reformar   el estatuto que ya tiene una vigencia de casi  20 años”.
“La Biblioteca es un Institución  sin fines de lucro, los que estamos en la comisión estamos ad honoren creo que es un servicio  que como  ciudadano tenemos que hacer para que las instituciones puedan sobrevivir, a nosotros no nos paga nadie , lo hacemos por propia  voluntad. Añadió.
Por otro lado nos decía Criado: “La AFIP para darnos la exención de Impuestos a las ganancias tenemos que presentar  una serie de documentación, y  ya  pagamos una multa  por   no saber   que tenemos que  estar al día con esta  certificación y tuvimos que pagar una multa”. Nosotros para sacar ese certificado  nos pide  los 3 últimos  balances  realizado por  contador público, una certificación de la CONABIP  que se llama Bibliotecas Protegidas, entre otras cosas, nosotros  no contamos con los fondos para pagar un contador  y  otros gastos, pero trabajaremos para cumplimentar dicha documentación”.

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