Tiene media sanción la ley que limita las reelecciones indefinidas

La Cámara de Diputados de la provincia aprobó este martes la Ley Aclaración Funcional de los artículos 73°, 80°, 133° y 250° de la Constitución Provincial que regula las reelecciones de los cargos electivos a nivel provincial y municipal. La norma obtuvo media sanción con el voto unánime del cuerpo y fue girada a la Cámara de Senadores para su sanción definitiva.
El proyecto, enviado por el Poder Ejecutivo, reglamenta los cuatro artículos de la constitución sobre la reelección indefinida para los cargos de gobernador, senadores, diputados e intendentes. El proyecto determina que las autoridades señaladas podrán ser reelectas consecutivamente por un solo período, impidiendo un tercer mandato a menos que haya un período de por lo menos 4 años sin estar en el mismo cargo. Para el caso del gobernador y vicegobernador, el proyecto también establece que podrán ser reelegidos o sucederse «recíprocamente por un solo periodo consecutivo». «Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un periodo». Es decir, la o el gobernador podrá hacer enroque con su vice en una segunda elección, pero este movimiento no renovará el tiempo de espera de cuatro años tras una reelección.
