Solicitan al Poder Judicial trabajar en una regulación local para la reparación de daño en el ámbito penal 

Mediante una nota dirigida al procurador general de la Corte, Tristán Lobo, el Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, a cargo de Nicolás Rosales Matienzo, busca trabajar en conjunto en una regulación local del instituto de la reparación del daño en el ámbito penal, previsto en el artículo 59, inciso 6, del Código Penal Argentino.

En el documento, se enfatizó la necesidad de evitar interpretaciones diversas por parte de los actores del Poder Judicial mediante una reforma legislativa que establezca criterios claros en la normativa procesal local. “Creemos que una regulación local específica en la normativa procesal proporcionará mayor claridad y previsibilidad”, se argumenta en el texto.

Seguido, se especifica que “nuestro Código Procesal Penal actual no recepta expresamente la reforma del Art. 59 inc. 6º del Código Penal Argentino a la cual remite, ya que no consagra las reglas de disponibilidad de la acción penal, ni criterios de oportunidad, ni la forma en cómo se instrumentará la causal de extinción de acción penal por conciliación o reparación integral del perjuicio”.

Ante esto, el Ministerio propuso trabajar de manera conjunta en un anteproyecto legislativo que regule con precisión los delitos alcanzados y los requisitos necesarios para aplicar esta causal de extinción de acción penal basada en la conciliación o reparación integral del perjuicio.

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