“Como regla general se establece que las personas que estén cursando la enfermedad del Covid-19, y/o tengan síntomas compatibles con ella deberán continuar con el aislamiento establecido oportunamente por las autoridades de salud pública correspondientes, no deberán presentarse a votar, siendo causa suficiente para justificar la no emisión del voto conforme lo establecido en el art. 12 inc. D del Código Nacional Electoral, debiendo realizarse el trámite correspondiente adjuntando la certificación médica pertinente en su oportunidad”, indica el oficio judicial firmado por la titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°1 con competencia electoral.