Juez Carlos Moreno comento sobre pedido de recusación por parte de la Defensa del ex intendente Carlos Fabián

Ahora pasó el diferendo a la Cámara de Apelaciones, la que deberá resolver en breve.

El juez de Control de Garantías, Rodolfo Moreno, rechazó por «inadmisible” la recusación formulada por los abogados defensores del ex intendente Carlos Fabián, actualmente detenido en la comisaría de la ciudad de Belén. El magistrado fundamentó el rechazo en los errores de forma y de fondo que contendría la presentación, además de considerar que su accionar fue acorde a las atribuciones legales en ejercicio de su cargo.El pedido de recusación había sido interpuesto por los abogados Gustavo Martínez Azar y Luis Gandini, quienes consideraron que el juez Moreno habría realizado un «prejuzgamiento” y «adelantado opinión” sobre su defendido.

Ante la presentación del pedido de recusación por parte de los abogados defensores del ex Intendente de Antofagasta de la Sierra Carlos Fabián al Juez de Garantías Dr. Carlos Rodolfo , que  luego éste rechazó y  ahora  la Cámara de apelaciones deberá resolver el diferendo.

Por este  motivo BELENINFO.com.ar entrevistó al mencionado magistrado Dr. Carlos Moreno, quien manifestó: «La recusación lo que significa un pedido de apartamiento del Juez de la causa, el Juez de causa soy yo porque tengo jurisdicción sobre Antofagasta de la Sierra y el Fiscal investigador es el Fiscal de Belén, y como le digo recusar implica  pedir el apartamiento por cuanto entienden ellos que está afectada mi imparcialidad como Juez yo soy el órgano que está en el medio del Fiscal y del imputado inclusive si hubiera  otra parte también por ejemplo una víctima querellante o un actor civil y como tal tengo que ser equidistante».

«Ellos han interpretado que al negarle la libertad  dos veces  en el proceso, he actuado con parcialidad y que no soy idóneo para resolver por ejemplo actos fundamentales como son la prisión preventiva que viene en la continuidad del proceso y van definiendo la situación del acusado; son derechos que tienen las partes en este caso el imputado o sus defensores pero como aquí no existe ni un mínimo de razón me opuse y eso tiene un trámite, ellos han apelado mi resolución y la cámara decidirá si cuando resolví, yo adelanté opinión según ellos, yo lo que sostengo es que lo que dije lo dije bajo constancia de la causa y si adelante opiniones en el marco de mis atribuciones legales, yo soy Juez de la causa hasta el último del control de detención hasta la elevación a juicio, esa es la cuestión mientras tanto sigo investigando hasta que decida la Cámara y si la Cámara rechaza la apelación continuo y sino ,si revoca mi decisión me aparta ya pasará la causa al Juez que me subroga a mí, lo cual por supuesto sigamos como yo soy de buena fe estoy convencido que hago lo que tengo que hacer en esta y en todas las causas así no creo que la Cámara me aparte».

Además Puntualizó: «No tienen ningún fundamento en derecho lo que ellos piden al contrario la jurisprudencia dice que si el Juez opina una resolución, no adelanta opinión, si contempla la causal por ejemplo si yo resolviera la prisión ahora y después me tocara ser camarista y realizar la misma causa ahí sí pero si soy el mismo Juez que tiene legalmente que ejercer hasta que se termine la primera etapa que se hace acá en Belén, que es hasta la elevación a juicio toda la jurisprudencia dice que no tiene sentido un pedido de apartamiento y que este es rechazado por inadmisible. Yo ante ese pedido tenía tres posibilidades, una era apartarme aceptando lo cual implica más o menos que reconocer un error de todas forma digamos que si uno de buena fe cree que habría incurrido debería apartarse no está sancionado porque como seres humanos también nos podemos equivocar, la otra era confeccionar un informe de oposición y mandar el expediente a la Corte para que ellos en audiencia, la Corte de Justicia como órgano máximo escuchando a ambas partes decide y la tercera que es la que use yo ahora por ser manifiestamente improcedente la rechace y sobre esto hay recurso de apelación por lo cual el expediente no se va a la Corte sino a la Cámara de Apelación».

Finalmente el magistrado señaló en cuanto a esta causa que; «Ya el Fiscal esta con los plazos por cumplirse ya tiene que hacer la acusación con todas las pruebas ameritadas, él las amerita y yo en esa audiencia el alega  cuáles son las pruebas y cuáles son los delitos y porqué Fabián debería continuar detenido y la defensa en esta misma audiencia dice lo contrario y ahí resuelvo yo supuestamente la prisión preventiva, que también es apelable hasta que se haga el juicio».

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