El gobierno de Javier Milei eliminó restricciones para agilizar la importación de alimentos
Esta medida se alinea con otras decisiones del Gobierno por agilizar procesos administrativos y promover el comercio exterior, reduciendo tiempos y costos para empresas del sector alimenticio.
1.Certificación internacional: Deberán contar con un certificado de libre venta o documento análogo emitido por la autoridad sanitaria del país de origen. Este requisito aplica a productos provenientes de países con alta vigilancia sanitaria o acuerdos de reciprocidad establecidos.
2. Declaración jurada: Los importadores podrán presentar una Declaración Jurada de Importación como único requisito administrativo, siempre que los productos cuenten con la autorización de comercialización en su país de origen, sin importar si están contemplados en la normativa argentina.
Exportaciones: requisitos según el destino
En el caso de las exportaciones, los productos deberán cumplir únicamente con las exigencias sanitarias del país de destino. Además, cuando sea necesario, los exportadores podrán solicitar certificados sanitarios al Instituto Nacional de Alimentos (INAL).
La ANMAT publicará en los próximos días las disposiciones complementarias y los procedimientos específicos para implementar esta nueva normativa, asegurando su correcta aplicación en el marco de los acuerdos internacionales y el Código Alimentario Argentino.