Declararon emergencia agropecuaria en Jujuy, Neuquén y Salta

El Ministerio de Economía dispuso que los productores de las tres provincias accedan a beneficios dado el estado de esos territorios por la sequía que hubo.

El Ministerio de Economía dio por declarado el estado emergencia o desastre agropecuario, según corresponda, en las provincias de Jujuy, Neuquén y Salta, a través de tres resoluciones publicadas este jueves en el Boletín Oficial.

En la resolución 755/2023 se declaró emergencia o desastre en Jujuy desde el 3 de mayo último y hasta el 11 de mayo de 2024, a las explotaciones cañeras afectadas por sequía de los departamentos El Carmen, Palpalá, San Pedro, Ledesma, San Antonio y Santa Bárbara.

Mientras tanto, en la resolución 756/2023 se dio por declarada la emergencia en Salta desde el 15 abril pasado hasta el 14 de abril de 2024, a las explotaciones citrícolas, afectadas por sequía, en los departamentos Anta, General Güemes, General San Martín, Iruya, Metán, Orán y Santa Victoria.

Lo mismo hizo desde el 29 de marzo último y hasta el 31 de marzo de 2024 para las explotaciones cañeras afectadas por sequía, en los departamentos General Güemes y Orán.

También estableció que el 14 de abril y el 31 de marzo de 2024 son las fechas de finalización de los ciclos productivos para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas.

En la tercera resolución, la 757/2023, se dio por declarada la emergencia en Neuquén desde el 1° de marzo último y hasta el mismo día de 2024, a las explotaciones avícolas afectadas por Influenza Aviar Altamente Patógena (IAAP) en los departamentos Añelo, Confluencia, Chos Malal, Picún Leufú, Zapala y Picunches.

Asimismo, estableció que el 1° de marzo de 2024 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas.

A los efectos de poder acogerse a los beneficios, los productores y las productoras afectados en Jujuy, Salta y Neuquén deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.

Por su parte, el gobierno de cada provincia remitirá a la Comisión Nacional De Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores y las productoras afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.

En tanto las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) arbitrarán los medios necesarios para que los productores y las productoras gocen de los beneficios previstos.

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