Atención: los nuevos cambios sobre el feriado del 2 de mayo que afecta a los trabajadores
El Gobierno de Javier Milei determinó que el 2 de mayo no será feriado, pero sí un día no laborable con fines turísticos para algunos trabajadores.

Lo que pasará con el feriado del 2 de mayo
A diferencia de los feriados nacionales, los días no laborables no implican un descanso obligatorio. En este caso, la decisión sobre si el trabajador recibe el día libre queda a criterio del empleador, quien puede otorgarlo o no.
Además, a diferencia de los feriados trabajados, que se abonan con un recargo conforme a la Ley de Contrato de Trabajo (N.º 21.329), en los días no laborables este beneficio no aplica, a menos que el empleador decida lo contrario. La inclusión de estos días no laborables responde a una estrategia de la Ley 27.399, que permite al Gobierno establecer «puentes turísticos» para fomentar el turismo interno y activar las economías regionales.
- Viernes 2 de mayo
- Viernes 15 de agosto
- Viernes 21 de noviembre
Calendario de feriados 2025
- Viernes 2 de mayo: Día no laborable con fines turísticos
- Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible)
- Lunes 16 de junio: Paso a la Inmortalidad de Güemes (se traslada del 17)
- Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad de Belgrano (feriado inamovible)
- Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible)
- Viernes 15 de agosto: Día no laborable puente
- Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad de San Martín (feriado trasladable)
- Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)
- Viernes 21 de noviembre: Día no laborable puente
- Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se traslada del 20)
- Lunes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
- Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)