El TC declaró "en rebeldía" a un ex intendente de Pozo de Piedra
Se trata de José Santiago Yapura (FV) porque no se presentó a declarar en un sumario administrativo.
El ex intendente de Pozo de Piedra, José Santiago Yapura (FV), fue declarado «en rebeldía» por el Tribunal de Cuentas a partir de un sumario administrativo de responsabilidad que fue iniciado por el organismo. El ex jefe comunal fue citado a declarar para realizar su descargo pero no se presentó.
La ley 4621 del Tribunal de Cuentas establece que el juicio administrativo de responsabilidad tiene por objeto determinar «la culpa y el daño causado por el funcionario o agente en su gestión, respecto de los bienes del Estado».
Yapura fue notificado de una resolución del organismo a partir del inicio del sumario administrativo y no compareció durante el plazo de citación.
La citación es para que el funcionario involucrado realice el descargo. La normativa establece que los implicados podrán contestar la vista en un término no mayor de quince días. Sin embargo, de acuerdo con los plazos del Tribunal, ese plazo se excedió ampliamente. «El o los responsables con domicilio conocido debidamente citados, que no comparecieran durante el plazo de citación o abandonaren el juicio después de haber comparecido, serán declarados en rebeldía por el Tribunal», expresa la ley 4621. En estos casos, el TC notifica de esta situación a Fiscalía de Estado.
Tras la finalización de su mandato, Yapura fue designado con un cargo índice en Desarrollo Social.
La ley 4621 del Tribunal de Cuentas establece que el juicio administrativo de responsabilidad tiene por objeto determinar «la culpa y el daño causado por el funcionario o agente en su gestión, respecto de los bienes del Estado».
Yapura fue notificado de una resolución del organismo a partir del inicio del sumario administrativo y no compareció durante el plazo de citación.
La citación es para que el funcionario involucrado realice el descargo. La normativa establece que los implicados podrán contestar la vista en un término no mayor de quince días. Sin embargo, de acuerdo con los plazos del Tribunal, ese plazo se excedió ampliamente. «El o los responsables con domicilio conocido debidamente citados, que no comparecieran durante el plazo de citación o abandonaren el juicio después de haber comparecido, serán declarados en rebeldía por el Tribunal», expresa la ley 4621. En estos casos, el TC notifica de esta situación a Fiscalía de Estado.
Tras la finalización de su mandato, Yapura fue designado con un cargo índice en Desarrollo Social.
Por otra parte, se intimó al ex secretario de Hacienda de la Municipalidad de Corral Quemado Armando Alexis Aybar, a reintegrar $ 25. 243 a la hacienda pública .
La sanción se aplicó por una rendición de cuentas correspondiente al segundo semestre de 2010 por la que se aprobó ingresos por $ 4.151. 928 y se detectaron egresos por $ 3. 944. 241, de acuerdo con la prueba documental.
Por esta irregularidad, el ex funcionario deberá pagar una multa equivalente a cuatro días del haber del cargo que detentaba cuando se produjeron los hechos y reintegrar $ 25 mil.
Las tres resoluciones antes referidas fueron publicadas en el Boletín Oficial del 23 de agosto.
La sanción se aplicó por una rendición de cuentas correspondiente al segundo semestre de 2010 por la que se aprobó ingresos por $ 4.151. 928 y se detectaron egresos por $ 3. 944. 241, de acuerdo con la prueba documental.
Por esta irregularidad, el ex funcionario deberá pagar una multa equivalente a cuatro días del haber del cargo que detentaba cuando se produjeron los hechos y reintegrar $ 25 mil.
Las tres resoluciones antes referidas fueron publicadas en el Boletín Oficial del 23 de agosto.