La Provincia exime del Impuesto Inmobiliario a jubilados y pensionados con vivienda única y haber mínimo

En este orden de ideas, aclara que la exención se aplicará “siempre que la valuación fiscal de dicha unidad no supere los $9.646.419”. A la vez, se fija que, “para gozar del beneficio, el concepto de haber jubilatorio o de pensión sea el fijado como haber mínimo garantizado de conformidad con las previsiones de los artículos 8.° de la Ley N° 26.417 y 2.° del Decreto N°274/24 o normativa que en el futuro la reemplace”.
Desde el Gobierno remarcaron que esta medida reconoce la situación de quienes cuentan con ingresos fijos y limitados, y busca evitar que la carga tributaria afecte su capacidad de sostener gastos básicos. Además, subrayaron que el esquema “reafirma una mirada social de la política fiscal, orientada a proteger a los sectores más vulnerables y garantizar condiciones de mayor equidad”.
“La provincia sostiene un enfoque tributario sensible a las realidades sociales, priorizando el cuidado de quienes ya cumplieron su etapa laboral activa”, apuntaron y remarcaron que, quienes deseen acogerse al beneficio, pueden hacerlo en las oficinas de Arcat, de lunes a viernes, a partir de las 7.30 h. Para hacerlo, deben presentar su documentación personal y el recibo de sus haberes.
