Por mayoría y con derogación parcial, Diputados aprobó el Decreto de la Ley del Defensor del Pueblo

En la sesión especial convocada por la Presidencia del cuerpo tras el pedido del bloque del Frente de Todos (FT), la Cámara de Diputados aprobó por mayoría una derogación parcial y la ratificación al Decreto Acuerdo N° 719 del Poder Ejecutivo Provincial, que reforma parcialmente la Ley N° 5.337 del Defensor del Pueblo. En este sentido, tras una votación nominal, en la que cada legislador expresó su voluntad de forma individual, arrojó un resultado de 21 votos afirmativos, 18 en contra y se registraron 2 ausencias.
El presidente del bloque oficialista, Gustavo Aguirre, explicó que el dictamen surgido de la Comisión de Asuntos Constitucionales aconsejó aprobar el decreto, aunque con derogación parcial de varios artículos. “Uno de los puntos que vuelve a lo establecido por la ley es el artículo 4º, que refiere a la duración del mandato. El Ejecutivo proponía una duración de 12 años, pero el dictamen deja vigente la norma original: cinco años con posibilidad de reelección, lo que significa que, si quiere renovar, esa persona deberá atravesar el mismo proceso de designación”, detalló.
Aguirre también señaló que se modificó el artículo 7º, vinculado a la remuneración del Defensor del Pueblo: “El decreto planteaba un salario igual al de los miembros del Tribunal de Cuentas, pero el dictamen propone sostener lo que ya establece la ley, es decir, una remuneración igual a la de un diputado provincial”. A la vez, repasó que el dictamen incluyó además la derogación de otros artículos. Entre ellos, el 11º y el 12º, que ampliaban el alcance del defensor a las personas jurídicas privadas prestadoras de servicios públicos; el 17º, que le permitía al defensor evitar el control de la Comisión Bicameral Permanente en la aprobación de su estructura orgánica; y el 18º, que modificaba el proceso de aprobación del Reglamento Interno de la Defensoría.
Desde la oposición, el diputado Tiago Puente (UCR) sostuvo que “la Defensoría del Pueblo nació para proteger a los ciudadanos. Cuando los derechos son pisoteados, ¿A quién van a acudir los catamarqueños? ¿A una persona que fue parte del gabinete de Gobierno?”. En ese marco, aseguró que “la modificación -las derogaciones parciales- son para legitimar lo que ya decidió el Ejecutivo. No es una decisión institucional, es un traje a medida”. En la misma línea, Adrián Brizuela, presidente del bloque de La Libertad Avanza, dijo que “si hay algo en lo que seguramente todos los aquí presentes estamos de acuerdo, es que la persona propuesta para el cargo de Defensor del Pueblo no tiene los más mínimos consensos, ni políticos ni sociales”.
El legislador libertario también indicó que su bancada votaría en contra, al considerar que “el decreto modifica el procedimiento de elección del defensor del pueblo, y eso es lo que se está cuestionando desde la oposición”. En su réplica, Aguirre fue categórico: “No salgo de mi asombro al escuchar los discursos de la oposición, fundamentalmente de la primera minoría -en alusión al bloque de la UCR-, por su capacidad de memoria selectiva. En 20 años de gobierno del Frente Cívico se designaba a dedo y la mitad del Poder Judicial estaba designado en comisión”. Luego, aclaró que “acá no estamos discutiendo ni designando al defensor del pueblo. Estamos modificando o derogando parcialmente un Decreto Acuerdo”.
La presidenta del bloque radical, Silvana Carrizo, también se expresó en contra. “El rechazo parcial no es una defensa de la legalidad. Es un intento de vestir con ropaje constitucional lo que fue, desde el inicio, una maniobra política sin sustento normativo”, dijo. Y concluyó con una fuerte crítica al oficialismo: “No vamos a ser cómplices de una agenda que prioriza las designaciones políticas por sobre la dignidad de la gente”.
En el tramo final del debate, Aguirre abordó uno de los puntos más discutidos: la legalidad del instrumento. “Si lo consideramos un decreto o si lo consideramos una ley, no tiene nada que ver con la validez del acto del Ejecutivo. El artículo 184 de la Constitución Provincial dice ‘los decretos dictados’, no dice ‘decretos publicados’ ni ‘decretos de entrada en vigencia durante el receso legislativo’. Dice claramente: los decretos dictados durante el receso legislativo tendrán validez y solo podrán ser derogados total o parcialmente por la Legislatura”, afirmó. Y remató: “Por eso, no hay cuestionamientos desde el punto de vista legal sobre este acto administrativo, o ley, como quieran llamarlo”.