Impiden a presos de alto riesgo tener contacto físico con visitas
“El Servicio Penitenciario Federal (SPF) deberá requerir a la autoridad judicial a cuya disposición se encuentre detenido cada interno y al Ministerio Público Fiscal que por jurisdicción corresponda, que se informe si existe algún impedimento para autorizar las visitas de cada uno de los familiares directos solicitados por los internos incorporados en el sistema”, asegura la norma.
Además, la determinación apunta que «no podrá ser autorizada como visita cualquier persona a la que un interno le haya revocado la autorización para ese fin. No se autorizará el ingreso como visita a personas que hayan sido condenadas o que se encuentren investigadas por la posible comisión de un delito”.
Y aclararon: «No podrán recibir visitas de apoderados ni de allegados. Las restricciones establecidas no serán aplicables a las visitas de los abogados defensores debidamente acreditados en los expedientes judiciales y con los abogados que hubieran designado en tal carácter”.
Además, insta al Servicio Penitenciario Federal a denunciar «todos los delitos de los cuales se tome conocimiento en el contexto del ´Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo´ en el Servicio Penitenciario Federal, oportunidad en la cual podrá requerir que se disponga la intervención de comunicaciones telefónicas, el monitoreo de visitas, la suspensión o prohibición de visitas o de establecer comunicaciones telefónicas o cualquier otra medida de prueba que resulte pertinente a los fines de disminuir el riesgo comunitario”.
El año pasado el gobierno lanzo el Sistema de Alto Riesgo, un protocolo se implementó para vigilar y controlar a los presos que se incluyen en esa categoría, para controlar a quienes tengan “la capacidad de fugarse, dirigir actividades criminales desde adentro de los penales, intimidar o corromper a funcionarios penitenciarios, entorpecer investigaciones judiciales y coaccionar a otros internos”.