Proponen extender cobertura de OSEP hasta los 25 años

En la Cámara de Diputados de Catamarca ingresó un proyecto de ley de la diputada provincial Natalia Herrera, mediante el cual se propone extender la cobertura de la Obra Social de los Empleados Públicos (OSEP) para todos los hijos de un afiliado hasta los 25 años, sin distinción de género, eliminando el condicionamiento y la limitación de que sea solo para estudiantes.

En al articulado del proyecto, Herrera propone que se modifique el artículo 8 del Decreto Ley Nº 3.509 (Ley OSEP), el cual deberá expresar que serán beneficiarios obligatorios del Régimen OSEP de forma directa los magistrados, funcionarios y empleados de todos los Poderes del Estado Provincial y Municipales, y de manera indirecta “el cónyuge e hijos menores de veinticinco años de los beneficiarios comprendidos en los incisos anteriores, siempre que no se hubieren emancipado o trabajen en relación de dependencia”.

Al extender la cobertura, la Diputada opositora indica que alcanzará a “los menores de veinticinco años cuya guarda o tutela hubiera sido conferida al beneficiario directo y los hijos incapacitados del mismo, sin límite de edad” y “los nietos de beneficiarios, menores de 21 años, desde su nacimiento y durante un lapso de 90 días”.

Sobre los beneficiarios voluntarios, la legisladora precisa que podrán ser los familiares de los beneficiarios obligatorios directos como los hijos del cónyuge, hermanos menores de veinticinco años a cargo, y sin límite de edad si fueran incapaces.

Entre los fundamentos, la diputada opositora plantea que “la ley otorga derechos a la obra social al hijo varón soltero mayor de 21 años solo en caso de que estudie, sin embargo, el requisito de ser estudiante no se le solicita a la hija soltera mayor de 21 años.

Lo mismo sucede con el derecho de las hermanas solteras a cargo en la que no hay límites de edad, cuando para el hermano varón solo podrán ser afiliados hasta los 21 años”. “Considero que la distinción es innecesaria, e incluso en algunos casos particulares es injusta”.

“Otra injusticia que percibimos sucede en el caso de los nietos: tienen cobertura los nietos hijos de madre soltera, ¿y qué sucede en el caso de un nieto de un hijo varón que el afiliado tiene a su cargo, acaso el supuesto no es el mismo?”, cuestiona, para finalizar con que “la equidad de género es más que un objetivo en sí mismo, es un requisito para alcanzar el desafío de reducir la desigualdad, promover el desarrollo de oportunidades para todos”.

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